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Informe reunión mesa de implementación formación docente, ascenso y reubicación 1278

El lunes 11 de septiembre 2023 se llevó a cabo la segunda sesión de la Mesa de Implementación de los acuerdos sobre formación docente y ascenso y reubicación para docentes vinculados bajo el decreto 1278 de 2002, con presencia de los delegados del MEN y FECODE.

  1. Acuerdo de Formación Docente, se presentó un análisis estadístico de las variables para la propuesta de la Formación Docente para 25.000 docentes:
  • Establecen 3 condiciones para la territorialización de la formación: conocimiento de los educadores, necesidad de los establecimientos educativos y rutas para el desarrollo profesional docente.
  • Proponen dos etapas de convocatorias: 1. Convocatoria Territorial: encuentros territoriales, presentación propuestas de las Instituciones de Educación Superior -IES, selección portafolio de programas y conformación de la Mesa Territorial de Diálogo; 2. Convocatoria Educadores: preinscripción y encuesta, focalización Entidades Territoriales Certificadas -ETC y los Establecimientos Educativos -EE, solicitud crédito y legalización ICETEX, y formación y condonación.
  • Establecen 5 criterios de focalización ponderada: ruralidad, nivel de formación, resultados SABER 11, municipios PDET y matrícula.
  • Plantean en el cuatrienio: 5.000 ofertas para formación inicial (licenciaturas), 400 cupos para Etnoeducadores; 20.000 cupos para formación avanzada (postgrados), 1.000 cupos para Etnoeducadores. El cálculo presupuestal es de 700.000 mil millones.
  • Se presentan datos de oferta de universidades públicas y privadas con programas no acreditados y acreditados, instituciones de educación superior con énfasis en educación, modalidades de oferta: presencial, virtual, presencial-virtual y virtual.
  • Se plantea la necesidad de adelantar propuestas para las Entidades Territoriales Certificadas frente a las condiciones actuales de permisos remunerados para estudio, descargas académicas, comisiones de estudio remuneradas y no renumeradas. Se aclara que este punto es fundamental para garantizar las condiciones materiales para que los y las docentes puedan asistir a las clases programadas en los programas de formación docente, realizar pasantías y adelantar los procesos académicos.
  1. Acuerdo sobre ascenso y reubicación para docentes vinculados bajo el decreto 1278 de 2002:

Se retoma lo trabajado en anterior sesión y el marco del acuerdo 12 del bloque de dignificación de la profesión docente, se establece los siguientes parámetros:

  • Las convocatorias se realizaran en el marco de la normatividad vigente decreto 1278 de 2002 y decreto 1657 de 2016, para cada convocatoria se expedirá una resolución que debe contener: reglas del proceso, instrumento de evaluación y cronograma. Teniendo en cuenta que en esta normatividad no se especifica el tipo de instrumento, posibilita la construcción de una convocatoria definiendo otro instrumento.
  • Los requisitos establecidos en el decreto 1657 de 2016:
  1. Estar ejerciendo el cargo con derechos de carrera y estar inscrito en el Escalafón Docente.
  2. Haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de la primera posesión en período de prueba.
  3. Haber obtenido una calificación mínima del sesenta por ciento (60%) en las últimas dos evaluaciones anuales de desempeño que haya presentado.

Por lo anterior se debe garantizar la participación en la IV Cohorte a todos los que cumplan estos requisitos.

  • Los 126 mil movimientos acordados deben garantizar que todos los docentes que cumplen los requisitos puedan moverse una vez.
  • Según lo establecido en el acuerdo para la movilidad del escalafón docente 1278, se trabajará sobre dos cohortes base.
  • Partiendo de que se van a definir instrumentos diferentes a las tres cohortes de la ECDF anteriores, Fecode propuso varios escenarios en relación a posibles instrumentos, teniendo en cuenta cubrimiento del costo del proceso, la capacidad instalada, el tiempo de duración; además, buscar un modelo sencillo, que no recargue a los docentes, garantizando se pueda realizar en todo el territorio nacional, tomar aspectos como el tiempo de servicio, ubicación en el escalafón y características de los participantes.
  • Las convocatorias deben considerar el componente formativo pedagógico, para lo cual se debe proyectar el ajuste de la normatividad para tal fin.
  • La convocatoria debe salir este año, se propuso un cronograma teniendo en cuenta las etapas estipuladas en el decreto 1657 de 2016.
  • Se acuerda nueva reunión para el día 19 de septiembre, en la cual el Ministerio de Educación Nacional debe llevar parámetros sobre varios de los puntos planteados para avanzar en la toma de decisiones.

Consideramos que quedaron establecidos varios de los tópicos que permiten avanzar para la construcción de esta convocatoria. Llamamos al magisterio a que comprenda que el proceso de descongelamiento del escalafón 1278 ha pasado por garantizar los recursos y la movilidad de los participantes. El compromiso por parte del Comité Ejecutivo de FECODE por lograr este objetivo es completo e irrestricto.

Información sobre otros puntos:

  • Decreto de retroactividad del curso lll cohorte de la ECDF desde el 1 de noviembre de 2022, se plantea de parte del MEN que ya se subsanaron situaciones jurídicas presentadas y sigue su trámite en las diferentes dependencias.
  • Decreto de nivelación salarial del 0, 4% ya está en curso el trámite en las diferentes instancias, debe incluir las horas extras de docentes orientadores. Igualmente se informa que está adelantado el decreto para modificar los porcentajes de la bonificación pedagógica para los años 2024, 2025 y 2026, así pasar del 19% al 35% en este tiempo.

FECODE queda atenta al cumplimiento con celeridad de los acuerdos subscritos con el Gobierno Nacional.

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